Lo que debe hacer para evitar contingencias
Todos los meses la Sunat actualiza su listado de sujetos sin capacidad operativa (SSCO). Actualmente cuenta con 85 contribuyentes incluidos en el padrón.

Puede revisar la lista completa en el siguiente enlace: https://www.sunat.gob.pe/padronesnotificaciones/sujeSinCapacidadOperativa.html
Bajo esa premisa, en la presente nota abordaremos los principales aspectos que toda empresa debe tener bajo consideración para evitar contingencias tributarias:
¿Qué se entiende por SSCO?
El sujeto (persona natural o jurídica) que figura como emisor de comprobantes de pago o documentos complementarios (ej. guías de remisión, notas de crédito o débito). pero que cuenta con los recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/u otros, o estos no resultan idóneos, para realizar las operaciones por las que se emiten dichos documentos
Se encuentra aplicación del D. Leg. N° 1532 y Decreto Supremo N° 319-2023-EF (reglamento).
¿Cuáles son las situaciones y criterios para que la Sunat pueda designar a un SSCO?
Para la designación, la Sunat realiza una verificación de campo o verifica en sus fuentes de información (p. ej. cruces con entidades privadas o públicas, etc.) y determina que para realizar las operaciones por las que emiten los comprobantes de pago, un sujeto:
- No cuente con infraestructura o bienes, o estos o aquella no resulten idóneos, para realizar las operaciones.
- No tenga activos, o estos no resulten idóneos.
- No tenga personal, o este no resulte idóneo, para realizar las operaciones.
- Cualquier otra situación objetiva que evidencie que el sujeto no tiene los recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/u otros, o que estos no resultan idóneos.
Ahora bien, para evaluar la idoneidad de tales situaciones, la Sunat toma en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:
- La suficiencia, razonabilidad y proporcionalidad de los recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/u otros empleados por el sujeto.
- La naturaleza de las operaciones.
- El nivel de ventas del sujeto cuya capacidad operativa se cuestiona.
- El sector económico al que pertenece.
Tener presente que para designar a una persona como SSCO la Sunat debe iniciar previamente un procedimiento, donde reúne las pruebas y otorga al contribuyente la posibilidad de demostrar que sí cuenta la capacidad para realizar sus operaciones.
¿Cuáles son los efectos tributarios de ser designado con un SSCO?
Entre los principales efectos de ser considerado por la Sunat como SSCO o de realizar operaciones como cliente con éste, se encuentran:
- Se dan de baja las series de los comprobantes de pago físicos y de los documentos complementarios físicos del SSCO (R.S. N° 302-2024/SUNAT)
- El SSCO solo podrá emitir boletas de venta y notas de débito y crédito vinculadas a aquellas de forma electrónica por el plazo de 4 años
- Las operaciones no permiten ejercer el crédito fiscal o cualquier otro derecho o beneficio derivado del IGV y/o sustentar costo o gasto para efectos del IR
- El pago a cargo del SSCO del IGV consignado en los comprobantes de pago o en las notas de débito, en donde este figure como emisor, en tanto se hayan emitido hasta el día de la publicación.
Finalmente, es importante resaltar que el régimen de sujetos sin capacidad operativa ha trasladado parte del riesgo fiscal al adquirente. Hoy no basta con tener un comprobante de pago válido; es indispensable asegurarse de que el proveedor tenga existencia económica real y capacidad para ejecutar lo que factura.
En un entorno de fiscalización cada vez más analítico y basado en cruces masivos de información, la gestión tributaria preventiva deja de ser un lujo y se convierte en una herramienta incluso de supervivencia empresarial.
Si desea asesoría especializada sobre este tema o algún otro, puede solicitar una cita al (01) 741-1119, anexo 100.
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Elaborado por: Mg. Joaquín Chávez H.

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