1. Datos de la norma
- Resolución de Superintendencia N.° 000048-2026/SUNAT
- Publicación: Martes 31 de marzo de 2026
- Vigencia: 01 de agosto de 2026 (salvo algunas disposiciones rigen desde el 1 de noviembre de 2026).
2. Síntesis
La Sunat regula la emisión electrónica del documento autorizado por servicios aeroportuarios prestados a pasajeros y del documento de atribución, disponiendo su incorporación obligatoria al Sistema de Emisión Electrónica (SEE).
Asimismo, designa nuevos emisores electrónicos, incluyendo a las empresas recaudadoras de la Garantía de Red Principal, y modifica la normativa del SEE para fortalecer el control tributario, optimizar la información disponible en los registros electrónicos y reducir el uso de documentos físicos.
3. Revisión de su contenido
La resolución se enmarca en el proceso de masificación de la emisión electrónica de comprobantes de pago y documentos relacionados, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y fortalecer los mecanismos de control.
En esa línea, se dispone que determinados documentos que antes podían emitirse en formato físico pasen a ser emitidos obligatoriamente a través del Sistema de Emisión Electrónica (SEE). Entre ellos destacan el documento autorizado por servicios aeroportuarios prestados a pasajeros emitidos por entidades como CORPAC S.A. o concesionarios aeroportuarios y el documento de atribución utilizado en contratos de colaboración empresarial sin contabilidad independiente.
La incorporación de estos documentos al SEE permite reducir costos operativos asociados a la impresión y almacenamiento, además de mejorar la disponibilidad y trazabilidad de la información para fines tributarios. Para ello, se establece que su emisión se realice a través de los sistemas SEE – Del contribuyente o SEE – Operador de Servicios Electrónicos (OSE), según corresponda.
Adicionalmente, se designa como emisores electrónicos a las empresas recaudadoras de la Garantía de Red Principal del sector gas natural, quienes deberán emitir comprobantes de pago electrónicos por las operaciones que realicen en dicha condición. Esta medida amplía el universo de sujetos obligados a utilizar el SEE, reforzando el control sobre sectores específicos.
Por otro lado, la norma introduce modificaciones a la regulación vigente del SEE con la finalidad de mejorar la información que se pone a disposición de los contribuyentes a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), permitiendo una mayor consistencia en las propuestas de registros de ventas e ingresos.
Finalmente, se restringe la emisión de documentos físicos en casos de contingencia, estableciendo que, cuando no sea posible emitir comprobantes electrónicos, solo se podrá recurrir a formatos impresos o importados por imprenta autorizada, eliminando el uso de ciertos documentos autorizados previamente permitidos.
En conjunto, estas disposiciones refuerzan la digitalización del sistema tributario, amplían el alcance de la emisión electrónica y fortalecen el control de la Sunat sobre las operaciones económicas de los contribuyentes.
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Fuente: Staff de Contadores 360°
Fecha: 31/03/26

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