I. Datos de la norma

  • Decreto Supremo N.° 030-2026-RE
  • Publicación: Miércoles 15 de julio de 2026.
  • Vigencia: 16 de julio de 2026.


II. Síntesis

Se aprueba el Decreto Supremo N.° 030-2026-RE, mediante el cual se ratifica el Acuerdo de Libre Comercio entre la República del Perú y Hong Kong, China, así como la Carta Paralela sobre Servicios Profesionales, ambos suscritos el 15 de noviembre de 2024 en la ciudad de Lima.

La norma dispone la ratificación interna de ambos instrumentos internacionales, ordena la publicación de sus textos íntegros y de la fecha de su entrada en vigor en el Diario Oficial El Peruano, y establece que se dé cuenta de dicha ratificación al Congreso de la República.

III. Revisión de su contenido

El Decreto Supremo N.° 030-2026-RE ratifica el Acuerdo de Libre Comercio entre la República del Perú y Hong Kong, China y la Carta Paralela sobre Servicios Profesionales, con el objetivo de perfeccionar su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y fortalecer las relaciones comerciales y económicas entre ambas partes.

Entre las principales disposiciones del decreto destacan las siguientes:

  • Ratificación del Acuerdo de Libre Comercio: Se ratifica el Acuerdo de Libre Comercio suscrito el 15 de noviembre de 2024 en la ciudad de Lima, consolidando el procedimiento interno necesario para su entrada en vigor conforme al ordenamiento jurídico peruano.
  • Ratificación de la Carta Paralela sobre Servicios Profesionales: También se ratifica la Carta Paralela suscrita en la misma fecha, la cual complementa el acuerdo comercial respecto de los servicios profesionales comprendidos en la relación bilateral.
  • Publicación del texto íntegro: Se dispone que el Ministerio de Relaciones Exteriores publique en el Diario Oficial El Peruano el texto íntegro del Acuerdo, de la Carta Paralela y la fecha de su entrada en vigor, de conformidad con la Ley N.° 26647.
  • Comunicación al Congreso de la República: El decreto establece que se informe al Congreso de la República sobre la ratificación de ambos instrumentos internacionales, conforme al procedimiento constitucional aplicable.

Con esta ratificación, el Perú culmina el procedimiento interno requerido para la incorporación del Acuerdo de Libre Comercio y de la Carta Paralela sobre Servicios Profesionales, fortaleciendo el marco jurídico que sustenta las relaciones comerciales, la inversión y la cooperación económica con Hong Kong, China.

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Fuente: Staff de Contadores 360°.

Fecha: 15/07/ 2026.