I. Datos de la norma
- Decreto Supremo N.° 015-2026-TR
- Publicación: Lunes 28 de setiembre de 2026 – Ed. Extraordinaria
- Vigencia de la norma: 29/09/2026
- Vigencia del primer incremento: 01/10/2026.
II. Síntesis
Mediante el Decreto Supremo N.° 015-2026-TR, el Poder Ejecutivo dispone incrementar en S/ 170.00 la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con lo cual esta pasará de S/ 1,130.00 a S/ 1,300.00.
El incremento se realizará en dos tramos. El primero será de S/ 100.00, por lo que la RMV ascenderá a S/ 1,230.00 a partir del 1 de octubre de 2026. El segundo tramo será de S/ 70.00 y deberá ser establecido mediante un nuevo decreto supremo que se emitirá durante el primer semestre de 2027.
III. Revisión de su contenido
La norma establece las siguientes disposiciones principales:
Incremento total de la RMV: Se dispone un aumento total de S/ 170.00, con lo cual la Remuneración Mínima Vital pasará de S/ 1,130.00 a S/ 1,300.00.
Aplicación en dos tramos: El incremento no se aplicará de manera inmediata en su totalidad, sino que será implementado progresivamente en dos etapas.
Primer tramo desde octubre de 2026: A partir del 1 de octubre de 2026, la RMV se incrementa en S/ 100.00, pasando de S/ 1,130.00 a S/ 1,230.00.
Segundo tramo durante 2027: El incremento restante de S/ 70.00 será establecido mediante un decreto supremo que deberá emitirse durante el primer semestre de 2027, con lo cual la RMV alcanzará finalmente los S/ 1,300.00.
Ámbito de aplicación: El incremento resulta aplicable a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada.
Participación del Consejo Nacional de Trabajo: La medida se sustenta, entre otros aspectos, en el consenso alcanzado respecto del monto del incremento durante la Sesión Extraordinaria N.° 49 del Pleno del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, realizada el 3 de setiembre de 2026.
Fundamento constitucional: La norma recuerda que el artículo 24 de la Constitución Política del Perú reconoce el derecho del trabajador a una remuneración equitativa y suficiente y atribuye al Estado la regulación de la remuneración mínima con participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores.
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Fuente: Staff de Contadores 360°.
Fecha: 29/09/2026

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