Como es de conocimiento general, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000281-2022/SUNAT (24/12/2022), se establecieron los cronogramas de obligaciones mensuales y fechas máximas de atraso de los registros de ventas y compras electrónicos, disposición aplicable para el periodo 2026.

En virtud de dicho cronograma, a partir del 13 de febrero, se inicia el vencimiento de la fecha máxima de atraso correspondiente al periodo enero 2026, tanto para el registro de compras como para el registro de ventas e ingresos electrónicos. Se recomienda a los contribuyentes revisar el cronograma aplicable según su último dígito del RUC y adoptar las acciones necesarias para cumplir oportunamente.

En general, las fechas máximas de atraso para los sujetos que llevan sus libros de manera electrónica, correspondientes al mes de enero 2026 son las siguientes: 

Fecha máxima de atraso del registro de compras y del registro de ventas e ingreso (Generado mediante el SLE-PLE o el SLE-Portal)

Por otro lado, las fechas de vencimiento de las obligaciones mensuales (como, por ejemplo, pagos a cuenta del impuesto a la Renta, IGV, entre otras), correspondientes al mes de enero 2026 son los siguientes:

Cronograma para las obligaciones tributarias de vencimiento mensual a cargo de la Sunat

Fuente: Staff Contadores 360
Fecha: 13/02/2026