I. Datos de la norma
Decreto Supremo N.° 098-2026-EF
Publicación: Miércoles 10 de junio de 2026
Vigencia: 11/06/2026
II. Síntesis
Se modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1400, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 243-2019-EF, con la finalidad de afianzar dicho régimen y mejorar la operatividad del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias — SIGM.
La norma busca incrementar la cobertura del acceso al crédito, promover una mayor inclusión financiera y fortalecer la digitalización de los servicios brindados por el sector público, facilitando el uso del régimen de garantía mobiliaria y del SIGM como herramientas para dinamizar el financiamiento local.
III. Revisión de su contenido
El Decreto Supremo N.° 098-2026-EF tiene por objeto modificar el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1400, norma que aprobó el Régimen de Garantía Mobiliaria y creó el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias — SIGM. Asimismo, incide en las disposiciones vinculadas al Decreto Supremo N.° 202-2018-EF, que aprobó el Reglamento de la Ley N.° 30741, Ley que regula la Hipoteca Inversa.
La modificación se enmarca en la Política Nacional de Competitividad y Productividad, aprobada por Decreto Supremo N.° 345-2018-EF, la cual contempla como uno de sus objetivos prioritarios impulsar mecanismos de financiamiento local y externo. En esa línea, se busca generar instrumentos financieros acordes con las necesidades del tejido empresarial, aprovechando las tecnologías de información y comunicación.
Asimismo, la norma se vincula con el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, aprobado por Decreto Supremo N.° 237-2019-EF, que estableció como medida de política la implementación del SIGM como una plataforma digital destinada a la constitución de garantías mobiliarias y equivalentes funcionales respecto de bienes muebles.
Posteriormente, mediante el Decreto Supremo N.° 203-2024-EF, se aprobó la actualización del Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2024-2030, incorporándose como hitos el inicio de operaciones del SIGM y el registro de al menos ciento cincuenta mil garantías mobiliarias desde su entrada en funcionamiento hasta diciembre de 2025.
En ese contexto, la norma recuerda que, mediante Resolución de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 00011-2025-SUNARP/SN, se dispuso la entrada en funcionamiento del SIGM a partir del 2 de marzo de 2025, así como la entrada en vigor del Decreto Legislativo N.° 1400 desde el 3 de marzo de 2025.
El decreto supremo precisa que resulta necesario realizar modificaciones al Reglamento del Régimen de Garantía Mobiliaria, con el propósito de mejorar el acceso y la operatividad del servicio del SIGM. De esta manera, se busca asegurar un despliegue adecuado del sistema e incrementar los resultados positivos derivados de su utilización.
Asimismo, la finalidad de la norma es afianzar el régimen de garantía mobiliaria e incrementar la cobertura del acceso al crédito, promoviendo una mayor inclusión financiera y la digitalización de los servicios públicos dirigidos a la ciudadanía en general.
En esa línea, el fortalecimiento del SIGM permite que las garantías mobiliarias sean constituidas y publicitadas mediante una plataforma digital, facilitando el uso de bienes muebles como respaldo para acceder a financiamiento. Ello resulta relevante para empresas, emprendedores y ciudadanos que requieren mecanismos más ágiles para obtener crédito.
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Fuente: Staff de Contadores 360°
Fecha: 10/06/2026.

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