1. Datos Generales

  • Proyecto de Ley N.° 00078-2026-2’31-CD
  • Materia: Beneficios tributarios para empresas agrarias y agroindustriales.
  • Objeto: Modificar la Ley N.° 32434 para excluir de sus beneficios a los productores agrarios y agroindustriales cuyos ingresos netos anuales superen las 2,300 UIT, orientando los beneficios de la norma exclusivamente al desarrollo, formalización y protección de los pequeños productores agrarios.
  • Presentación: 20/08/2026
  • Estado del trámite: Proyecto de ley pendiente de evaluación por el Congreso de la República.


2. Detalles relevantes

Límite de ingresos para las empresas agrarias

El proyecto modifica el literal c) del artículo 3 de la Ley N.° 32434 para precisar la definición de empresas agrarias.

Bajo la propuesta, se considerarán empresas agrarias a las personas naturales con negocio cuyos ingresos netos anuales superen las 150 UIT y lleguen hasta las 2,300 UIT, así como a las personas jurídicas comprendidas en el artículo 4 de la Ley N.° 32434.

De esta manera, se establece expresamente un límite máximo de 2,300 UIT de ingresos netos anuales para que las empresas agrarias puedan encontrarse dentro del ámbito del régimen.

Exclusión de empresas con ingresos superiores a 2,300 UIT

Como principal modificación, se incorpora el numeral 4.5 al artículo 4 de la Ley N.° 32434.

La propuesta establece que no estarán comprendidos en los alcances de la ley los productores agrarios y agroindustriales cuyos ingresos netos anuales superen las 2,300 UIT.

En consecuencia, estas empresas no podrán acogerse a los beneficios tributarios, económicos ni a cualquier otro beneficio establecido por la Ley N.° 32434.

Beneficios orientados a pequeños productores agrarios

La iniciativa busca que los beneficios previstos por la Ley N.° 32434 se concentren en los productores agrarios que se encuentren dentro de los límites de ingresos establecidos.

Con ello, la propuesta pretende evitar que empresas de mayor dimensión económica accedan a un régimen promocional diseñado para favorecer el desarrollo y la formalización de los pequeños productores agrarios.

Modificación del ámbito de aplicación de la Ley N.° 32434

El proyecto plantea una delimitación más precisa de los beneficiarios de la Ley N.° 32434, estableciendo como criterio principal el nivel de ingresos netos anuales.

El límite de 2,300 UIT operaría como umbral máximo para acceder a los beneficios previstos por el régimen, tanto para productores agrarios como para empresas agroindustriales comprendidas en la norma.

Exclusión de los beneficios tributarios y económicos

La exclusión propuesta no se limita a los beneficios tributarios.

El nuevo numeral 4.5 establece que los productores agrarios y agroindustriales que superen el límite de 2,300 UIT no podrán acogerse a ninguno de los beneficios tributarios, económicos o de cualquier otra naturaleza establecidos en la Ley N.° 32434.

De esta manera, la iniciativa busca establecer una exclusión integral de las empresas que superen el límite de ingresos previsto.


3. Estado del Trámite Legislativo

El proyecto de ley que propone excluir a la gran empresa de los beneficios tributarios establecidos en la Ley N.° 32434 plantea modificar los artículos 3 y 4 de dicha norma para establecer un límite máximo de 2,300 UIT de ingresos netos anuales para acceder a sus beneficios.

La iniciativa se encuentra pendiente de evaluación por las comisiones competentes del Congreso de la República.

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Fuente:Staff de Contadores 360°.
Fecha: 25/08/2026.