El Congreso vuelve a poner en debate la distribución de competencias tributarias con el Poder Ejecutivo. Actualmente, el Pleno tiene en agenda un dictamen sustentado en el Proyecto de Ley N.° 536/2021-CR, propuesta que plantea retirar al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la facultad de modificar las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) mediante decretos supremos. Bajo esta iniciativa, cualquier variación relacionada con el ISC tendría que aprobarse exclusivamente a través de una ley emitida por el Congreso de la República.
El Proyecto de Ley N.° 536/2021-CR propone modificar el artículo 61° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, con la finalidad de establecer parámetros técnicos y límites específicos para la modificación de tasas, montos fijos, bienes y sistemas de aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
Sustento técnico para modificar el ISC
La propuesta legislativa señala que cualquier modificación vinculada al ISC deberá sustentarse en informes técnicos que evalúen el comportamiento del consumo relacionado con las externalidades negativas que se busca combatir mediante este impuesto. Con ello, se busca reforzar el respaldo técnico en las decisiones tributarias vinculadas a los bienes afectos al ISC.
Bienes comprendidos en los Apéndices III y IV
El proyecto también delimita los bienes que podrían incorporarse en los Apéndices III y IV de la Ley del IGV e ISC.
En el caso del Apéndice III, únicamente podrían incluirse combustibles fósiles y no fósiles, aceites minerales, productos derivados de su destilación, materias bituminosas y ceras minerales.
Por su parte, el Apéndice IV comprendería bebidas, líquidos alcohólicos, tabaco y sucedáneos elaborados, así como vehículos automóviles, tractores, demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios.
Sistemas de aplicación del impuesto
La iniciativa precisa que las tasas y/o montos fijos del ISC podrán establecerse bajo el sistema al valor, específico o al valor según precio de venta al público.
Asimismo, dispone que dichas tasas deberán mantenerse dentro de rangos mínimos y máximos previamente establecidos, incluso cuando se modifique el sistema de aplicación del impuesto. Para los casos de cambio al sistema específico, se deberá considerar la base imponible promedio de los productos afectos.
Objetivo de la propuesta legislativa
La propuesta busca otorgar mayor predictibilidad y sustento técnico a las modificaciones relacionadas con el ISC, limitando la discrecionalidad en la incorporación de bienes o en la modificación de las tasas aplicables.
En ese sentido, la iniciativa pretende que las variaciones tributarias vinculadas al ISC respondan a criterios objetivos asociados al impacto del consumo y a las externalidades negativas generadas por determinados bienes.
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Fuente: Staff de Contadores 360°
Fecha: 26/05/2026

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