La Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó por mayoría diversos dictámenes orientados a fortalecer la protección social, mejorar la cobertura de salud, actualizar normas laborales y promover mecanismos previsionales para sectores específicos.
Las propuestas aprobadas comprenden medidas vinculadas a EsSalud, pensiones devengadas, deudas de gobiernos regionales y locales, prescripción de derechos laborales, continuidad de atención entre EsSalud y SIS, protección previsional para artistas y jornada laboral de profesionales asistenciales de salud.
Pensiones devengadas y seguridad social
La comisión también aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley N.° 13225/2025-CR, que modifica los artículos 81 y 83 del Decreto Ley N.° 19990, el artículo 56 del Decreto Ley N.° 20530 y la cuarta disposición complementaria modificatoria de la Ley N.° 30970.
La iniciativa precisa la prescripción de pensiones devengadas y el alcance de los límites pensionarios, con la finalidad de proteger el derecho a la seguridad social.
Respecto del Decreto Ley N.° 19990, el texto establece que solo se abonarán pensiones devengadas correspondientes a un periodo no mayor de 60 meses anteriores a la solicitud presentada por el beneficiario.
No obstante, se precisa que dicha prescripción no afectará el derecho a la pensión ni el pago de pensiones futuras reconocidas conforme a ley.
Asimismo, el dictamen dispone que el límite máximo pensionario no se aplicará cuando el beneficiario perciba más de una pensión, siempre que cada una derive de derechos autónomos y válidamente reconocidos.
Mecanismos para el pago de deudas con EsSalud
Otro de los dictámenes aprobados corresponde al Proyecto de Ley N.° 11467/2024-CR, que establece mecanismos alternativos y complementarios para que los gobiernos regionales y locales amorticen sus deudas tributarias y no tributarias con EsSalud.
La propuesta permite que dichas entidades cumplan sus obligaciones mediante proyectos de inversión, IOARR u otras inversiones en infraestructura y equipamiento de establecimientos de salud de EsSalud ubicados en sus respectivas jurisdicciones.
También se contempla la transferencia de predios de propiedad regional o municipal que actualmente sean utilizados por EsSalud.
Según el dictamen, la Sunat determinará y cancelará los valores vinculados a deudas tributarias, mientras que EsSalud estará a cargo de las deudas no tributarias.
Además, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y EsSalud brindarán asistencia técnica para facilitar la aplicación de estos mecanismos.
Ampliación del plazo para reclamar derechos laborales
La Comisión de Trabajo aprobó, además, el dictamen recaído en el Proyecto de Ley N.° 10661/2024-CR, referido a los derechos provenientes de las relaciones laborales.
Aunque la propuesta inicial planteaba la imprescriptibilidad de dichos derechos, el texto sustitutorio optó por ampliar de 4 a 10 años el plazo de prescripción de las acciones derivadas de una relación laboral.
De esta manera, los trabajadores podrían reclamar sus derechos hasta 10 años después de extinguido el vínculo laboral.
La comisión sustentó esta medida en la necesidad de equilibrar la protección de los créditos laborales con el principio de seguridad jurídica.
Asimismo, señaló que la ampliación del plazo fortalece el acceso a la justicia laboral y protege derechos vinculados a la remuneración, el trabajo y la dignidad humana.
Continuidad de atención entre EsSalud y SIS
También se aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley N.os 14295/2025-CR y 14624/2025-CR, que busca garantizar la continuidad inmediata de las prestaciones asistenciales de salud entre EsSalud y el Seguro Integral de Salud — SIS.
El texto aprobado dispone que EsSalud mantenga la atención médica luego de culminado el periodo de latencia o ante la insuficiencia de aportes mínimos, hasta que se acredite la afiliación efectiva al SIS.
La medida prioriza la protección de pacientes con enfermedades crónicas, raras, oncológicas, insuficiencia renal, VIH, tratamientos de alta complejidad o emergencias médicas.
Asimismo, se encarga a Susalud la fiscalización del cumplimiento de la norma.
Por su parte, EsSalud y el SIS deberán adecuar sus procedimientos administrativos y sistemas informáticos para asegurar una transición ordenada en la atención de los asegurados y sus derechohabientes.
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Fuente: Staff de Contadores 360
Fecha: 10/06/2026.

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