1. Datos Generales

  • Proyecto de Ley:Nº 14207/2025-CR
  • Fecha de presentación:12 de marzo de 2026
  • Materia:Laboral – Cumplimiento de sentencias judiciales
  • Objeto:Fortalecer el cumplimiento efectivo y oportuno de sentencias judiciales firmes en materia laboral y previsional emitidas contra entidades del Sector Público
  • Estado del trámite:En proceso de evaluación en el Congreso de la República

 

Objeto de Propuesta

La iniciativa normativa tiene como finalidad fortalecer el cumplimiento efectivo y oportuno de las sentencias judiciales firmes en materia laboral y previsional emitidas contra entidades del Sector Público.

Para ello, establece mecanismos destinados a asegurar su adecuada programación presupuestaria, su registro obligatorio en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), así como su pago íntegro dentro de plazos razonables.

Asimismo, la propuesta busca garantizar que el cumplimiento de estas obligaciones se realice en armonía con las reglas de sostenibilidad fiscal y con las disposiciones del Sistema Nacional de Presupuesto Público, evitando retrasos injustificados en la ejecución de sentencias judiciales firmes.

2. Detalles relevantes

Registro obligatorio de sentencias en el AIRHSP

La propuesta dispone que las sentencias judiciales firmes en materia laboral y previsional que reconozcan derechos remunerativos, pensionarios, beneficios sociales u obligaciones económicas a cargo de entidades del Sector Público deberán registrarse obligatoriamente en el AIRHSP.

Este registro deberá efectuarse dentro de un plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados desde que la sentencia quede consentida o ejecutoriada.

El registro tiene carácter declarativo y constituye un mecanismo de trazabilidad y transparencia que permite incorporar dichas obligaciones dentro del proceso de programación presupuestaria del Estado.

Registro de beneficios en el módulo BET

Las sentencias judiciales firmes que reconozcan beneficios económicos no otorgados previamente por el Estado a servidores públicos deberán registrarse en el módulo denominado Beneficio Extraordinario Transitorio y otros (BET), conforme a lo establecido en el Decreto de Urgencia N.º 038-2019.

Este registro permitirá centralizar la información y facilitar la gestión fiscal de los pagos derivados de decisiones judiciales.

Incorporación automática de beneficios laborales reconocidos por ley

La propuesta establece que los beneficios laborales económicos reconocidos por leyes a favor de servidores públicos comprendidos en el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 276, y que no hayan sido reglamentados oportunamente por el Poder Ejecutivo, serán incorporados automáticamente en el AIRHSP.

Con ello se busca evitar retrasos administrativos que impidan el reconocimiento efectivo de derechos laborales establecidos por ley.

Plazo máximo para el pago de sentencias judiciales

La propuesta modifica el artículo 7 del Decreto Legislativo N.º 1666, estableciendo nuevas reglas para la gestión fiscal de los recursos humanos en el Sector Público.

En ese sentido, se dispone que el pago de las sentencias judiciales firmes en materia laboral y previsional deberá programarse y ejecutarse en un plazo máximo de dos (2) ejercicios fiscales consecutivos, contados desde el ejercicio fiscal siguiente a aquel en que la sentencia quede consentida o ejecutoriada.

De manera excepcional y debidamente motivada, la entidad pública podrá ampliar dicho plazo hasta por un (1) ejercicio fiscal adicional, siempre que se acrediten limitaciones presupuestarias sobrevinientes mediante informes técnicos de la Oficina de Presupuesto.

En ningún caso la programación presupuestaria podrá desnaturalizar el carácter obligatorio, definitivo y exigible de la sentencia judicial firme ni generar una postergación indefinida de su cumplimiento.

3. Estado del Trámite Legislativo

El Proyecto de Ley N.º 14207/2025-CR se encuentra actualmente en etapa de evaluación en el Congreso de la República, donde deberá ser analizado por las comisiones correspondientes antes de su eventual debate y votación en el Pleno.

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Fuente: Staff de Contadores 360
Fecha: 16 de marzo de 2026