El Congreso de la República publicó la Resolución Legislativa N.° 011-2025-2026-CR, mediante la cual se delega en la Comisión Permanente la facultad de legislar durante el período de receso parlamentario.

De acuerdo con la norma, esta delegación se efectuará conforme a lo previsto en el inciso 4 del artículo 101 de la Constitución Política del Perú y regirá desde el día siguiente de la culminación de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período Anual de Sesiones 2025-2026 hasta el 15 de julio de 2026.

Facultad legislativa durante el receso parlamentario

La resolución establece que, durante dicho período, la Comisión Permanente podrá ejercer facultades legislativas respecto de determinadas materias autorizadas por el Congreso.

En ese sentido, la delegación permitirá que dicho órgano parlamentario continúe con la tramitación y eventual aprobación de iniciativas legislativas durante el receso, siempre que estas se encuentren comprendidas dentro de los alcances previstos en la resolución legislativa.

Asuntos comprendidos en la delegación

Conforme a la Resolución Legislativa N.° 011-2025-2026-CR, la Comisión Permanente podrá legislar sobre los siguientes asuntos:

• Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en el Orden del Día o en la agenda del Pleno del Congreso.

• Los dictámenes y proyectos que sean incorporados por acuerdo de la Junta de Portavoces, en ejercicio de sus atribuciones.

• Las iniciativas remitidas por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Constitución Política del Perú.

De esta manera, la Comisión Permanente contará con competencia para atender materias legislativas pendientes o urgentes durante el período de receso parlamentario.

Materias excluidas de la delegación

La resolución también precisa que quedan excluidas de esta delegación aquellas materias cuya tramitación por la Comisión Permanente se encuentra prohibida por el segundo párrafo del inciso 4 del artículo 101 de la Constitución Política del Perú.

Con ello, la norma delimita el alcance de la autorización otorgada, estableciendo que la Comisión Permanente solo podrá legislar dentro de los márgenes constitucionalmente permitidos y sobre los asuntos expresamente comprendidos en la delegación.

Vigencia de la delegación

La facultad legislativa delegada regirá desde el día siguiente de la culminación de la Segunda Legislatura Ordinaria del Período Anual de Sesiones 2025-2026 hasta el 15 de julio de 2026.

En consecuencia, durante dicho plazo, la Comisión Permanente podrá continuar con el tratamiento de iniciativas legislativas comprendidas dentro de la delegación, garantizando la continuidad de la actividad parlamentaria durante el receso del Congreso.

Fuente: Staff de Contadores 360

Fecha: 24/06/2026