I. Datos de la norma

  • Decreto Supremo N.° 205-2026-EF

  • Publicación: Miércoles 30 de setiembre de 2026.

  • Vigencia del listado: 01/10/2026.

II. Síntesis

Mediante el Decreto Supremo N.° 205-2026-EF, el Poder Ejecutivo aprueba el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas (IGV)”, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley N.° 29173, que regula el Régimen de Percepciones del IGV.

El listado será publicado en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a más tardar el último día hábil de setiembre de 2026, y regirá a partir del 1 de octubre de 2026.

III. Revisión de su contenido

La norma establece las siguientes disposiciones principales:

  • Aprobación del listado: Se aprueba el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”, el cual forma parte integrante del Decreto Supremo como Anexo.

  • Excepción de la percepción del IGV: De acuerdo con el artículo 11 de la Ley N.° 29173, no se efectúa la percepción, entre otros supuestos, cuando se emita un comprobante de pago que otorgue derecho al crédito fiscal y el cliente figure en el referido listado.

  • Elaboración del listado: La Sunat es la encargada de elaborar la relación de entidades que cumplen las condiciones previstas legalmente para ser incluidas en el listado.

  • Publicación periódica: El MEF debe publicar el listado a más tardar el último día hábil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año.

  • Publicación del nuevo listado: El listado aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 205-2026-EF será publicado en la sede digital del MEF a más tardar el último día hábil de setiembre de 2026.

  • Aplicación desde octubre: El nuevo listado rige a partir del 1 de octubre de 2026, conforme a las reglas previstas en el artículo 11 de la Ley N.° 29173.

  • Marco normativo: La medida se sustenta en el artículo 11 de la Ley N.° 29173, que regula el Régimen de Percepciones del IGV y establece las condiciones para exceptuar determinadas operaciones de la aplicación de la percepción.

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Fuente: Staff de Contadores 360°.

Fecha: 30/09/2026