I. Datos de la norma
- Resolución Ministerial N.° 000073-2026-PRODUCE
- Publicación: Viernes 20 de marzo de 2026
- Vigencia: Sábado 21 de marzo de 2026
II. Síntesis
El Ministerio de la Producción dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Listado negativo de mercancías comprendidas en las subpartidas nacionales respecto de las cuales los usuarios no pueden desarrollar actividades de manufactura o de producción al interior de las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED)”, junto con su listado y exposición de motivos.
La medida tiene como finalidad someter a consulta pública una propuesta normativa que actualiza el listado vigente de mercancías restringidas dentro de las ZED, en concordancia con el Arancel de Aduanas 2022.
El proyecto será publicado en la sede digital del Ministerio de la Producción por un plazo de quince (15) días calendario, periodo durante el cual las entidades públicas, privadas y la ciudadanía podrán presentar comentarios, aportes u opiniones que contribuyan a la mejora del texto normativo.
III. Revisión de su contenido
La resolución se enmarca en las competencias del Ministerio de la Producción, conforme al Decreto Legislativo N.° 1047, que le atribuye funciones en materia de industria, MYPE y ordenamiento productivo. Asimismo, se vincula con el marco legal de las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED), cuyo objetivo es promover la inversión, el empleo y la competitividad regional.
Cabe señalar que las ZED tienen su origen en los CETICOS creados mediante los Decretos Legislativos N.° 842 y N.° 864, y posteriormente fueron redefinidos mediante la Ley N.° 30446, que establece su rol como instrumentos de desarrollo económico descentralizado.
En este contexto, el listado negativo constituye un mecanismo regulatorio clave, ya que determina las mercancías respecto de las cuales no se permite realizar actividades productivas dentro de dichas zonas, evitando distorsiones en el mercado derivadas de beneficios tributarios.
El proyecto normativo propone actualizar dicho listado, reduciéndolo a 354 subpartidas nacionales conforme al Arancel de Aduanas 2022. Entre los principales cambios, se incluye la exclusión de 25 subpartidas para facilitar actividades de procesamiento pesquero, así como la incorporación de 15 subpartidas vinculadas a productos de acero, con la finalidad de prevenir impactos negativos en la industria nacional.
Asimismo, se plantea la derogación del Decreto Supremo N.° 015-2019-PRODUCE, vigente hasta la fecha, debido a su desactualización respecto al nuevo arancel.
Desde el punto de vista procedimental, la publicación del proyecto responde a lo dispuesto en el Decreto Supremo N.° 009-2024-JUS, que regula la difusión de proyectos normativos y garantiza la participación ciudadana.
En ese sentido, se establece un plazo mínimo de quince (15) días calendario para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, los cuales podrán presentarse a través de la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), en la Mesa de Partes ubicada en la Calle Uno Oeste N.° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, o remitidos al correo electrónico: nmori@produce.gob.pe
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Fuente: Staff de Contadores 360°
Fecha: 20/03/26

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