I. Datos de la norma
- Resolución Ministerial N.° 000044-2026-PRODUCE
- Publicación: Sábado 21 de febrero de 2026
- Vigencia: Domingo 22 de febrero de 2026
II. Síntesis
La Resolución Ministerial N.° 000044-2026-PRODUCE dispone la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que crea el Registro de Productos Manufacturados Nacionales y establece las condiciones que deben cumplir las MYPE manufactureras para acceder a los beneficios de la Ley N.° 31578, Ley que promueve la reactivación económica a través de compras públicas de las MYPE manufactureras nacionales”, así como de las disposiciones que regulan dicho registro y su Exposición de Motivos.
La medida se adopta en el marco de lo dispuesto por la Ley N.° 31578, que establece mecanismos para promover la reactivación económica mediante el fortalecimiento de la participación de las micro y pequeñas empresas manufactureras en las compras públicas.
En cumplimiento del Decreto Supremo N.° 009-2024-JUS, que regula la publicación y difusión de proyectos normativos de carácter general, el Ministerio de la Producción pone a disposición el proyecto en su sede digital por un plazo de quince (15) días calendario, a fin de recibir comentarios, aportes u opiniones de entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general.
III. Revisión de su contenido
La Resolución Ministerial se sustenta en las competencias atribuidas al Ministerio de la Producción por el Decreto Legislativo N.° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, que le otorga facultades rectoras en materia de industria y promoción de la micro y pequeña empresa.
Asimismo, la Ley N.° 31578 , Ley que promueve la reactivación económica a través de compras públicas de las MYPE manufactureras nacionales,dispone expresamente que el Ministerio de la Producción cree el Registro de Productos Manufacturados Nacionales y establezca las condiciones que deben cumplir las MYPE para acceder a los beneficios previstos en dicha norma. Además, su Segunda Disposición Complementaria Final faculta al Poder Ejecutivo a dictar medidas complementarias mediante decreto supremo.
En ese contexto, la Resolución Ministerial no aprueba aún el Decreto Supremo, sino que dispone su publicación como proyecto normativo, garantizando el principio de transparencia y participación ciudadana en la elaboración de normas de carácter general.
Se establece que los aportes podrán presentarse a través de la sede digital institucional (www.gob.pe/produce), o en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, o remitidos a la dirección de correo electrónico: dgde@produce.gob.pe.
Si deseas asesoría especializada sobre este tema o algún otro, puede solicitar una cita al (01) 741-1119, anexo 100.
Si la información te resultó útil o interesante, no olvides compartirla y seguirnos en nuestras redes sociales para más contenido actualizado.
Fuente: Staff de Contadores 360°
Fecha: 23 de febrero de 2026

Leave a Reply