I. Datos de la norma

  • Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000041-2026-SUNAT/700000
  • Publicación:  Domingo 30 de agosto de 2026.
  • Vigencia: 31/08/2026


II. Síntesis

Se amplía la aplicación de la facultad discrecional establecida por SUNAT para no sancionar las infracciones previstas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, relacionadas con el llevado del Registro de Ventas e Ingresos electrónico (RVIE) y del Registro de Compras electrónico (RCE) mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).

La medida comprende las infracciones que se configuren durante los periodos de agosto a diciembre de 2026 y enero de 2027, siempre que se cumplan los criterios establecidos para la aplicación de la facultad discrecional.

Asimismo, se prorroga hasta el 28 de febrero de 2027 el plazo para subsanar la generación del RVIE y RCE a través del SIRE y/o efectuar los ajustes correspondientes.

III. Revisión de su contenido

La resolución reconoce que, pese al proceso progresivo de incorporación al SIRE, aún existen contribuyentes que presentan dificultades para generar oportunamente el RVIE y el RCE o efectuar las anotaciones correspondientes. Por ello, SUNAT considera necesario otorgar un plazo adicional para facilitar la adaptación al sistema y promover el cumplimiento de estas obligaciones tributarias.

Entre las principales disposiciones destacan las siguientes:

  • Ampliación de la no sanción: Se extiende la aplicación de la facultad discrecional respecto de las infracciones de los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, relacionadas con el llevado de registros mediante el SIRE.
  • Periodos comprendidos: La ampliación alcanza a las infracciones que se configuren por los periodos de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2026 y enero de 2027.
  • Nuevo plazo de subsanación: Los contribuyentes podrán subsanar la generación del RVIE y RCE mediante el SIRE y/o realizar los ajustes correspondientes hasta el 28 de febrero de 2027.
  • Facilitación del cumplimiento tributario: La medida busca otorgar un tiempo adicional a los contribuyentes que todavía presentan dificultades de adaptación al SIRE, evitando la aplicación de sanciones cuando se cumplan los criterios establecidos.
  • Continuidad de las acciones inductivas: La SUNAT mantiene un enfoque orientado a promover la adecuada implementación del SIRE y el cumplimiento oportuno de las obligaciones vinculadas con los registros electrónicos.

Para recibir asesoría especializada sobre este tema, puedes contactarnos al (01) 741-1119, Anexo 100 o escribirnos a consultas@contadores360.pe.

Si la información te resultó útil o interesante, no olvides compartirla y seguirnos en nuestras redes sociales para más contenido actualizado.

Fuente: Staff de Contadores 360°.

Fecha: 31/08/2026