1. Datos de la norma
- Resolución de Superintendencia N.° 000059-2026/SUNAT
- Publicación: Jueves 09 de abril de 2026
- Vigencia: 10 de abril de 2026
2. Síntesis
La Sunat modifica la Resolución de Superintendencia N.° 335-2017/SUNAT a fin de adecuar los formularios virtuales y el sistema “Mis declaraciones y pagos” al nuevo tratamiento del Impuesto a la Renta aplicable al sector agrario, conforme a la Ley N.° 32434.
La norma regula la forma de declaración y pago mensual del impuesto a la renta de tercera categoría y de sus retenciones, incorporando a los pequeños productores agrarios, empresas agrarias y formas asociativas, así como estableciendo los códigos de tributo correspondientes.
3. Revisión de su contenido
La resolución tiene por finalidad implementar operativamente el régimen tributario especial previsto en la Ley N.° 32434, el cual introduce un tratamiento diferenciado en el Impuesto a la Renta para los sujetos del sector agrario, incluyendo tasas reducidas, tramos inafectos y mecanismos de retención.
En ese marco, se modifica el Formulario Virtual Declara Fácil 621 IGV – Renta mensual, ampliando su alcance para incluir no solo el Régimen Especial del Impuesto a la Renta, sino también otros pagos mensuales que tengan carácter definitivo y cancelatorio, como ocurre en el caso de los pequeños productores agrarios por el exceso de ingresos respecto del tramo inafecto.
Asimismo, se incorporan definiciones clave dentro de la resolución, reconociendo expresamente a las empresas agrarias y formas asociativas como agentes de retención. Esto resulta coherente con el esquema establecido por la Ley N.° 32434, en el cual dichos sujetos asumen un rol activo en la recaudación del impuesto cuando intervienen en la comercialización de productos agrarios.
En relación con las retenciones, se adecúa el Formulario Virtual Declara Fácil 617 – Otras retenciones, incorporando supuestos específicos de rentas de tercera categoría vinculados al sector agrario. En particular, se regulan dos escenarios: (i) las retenciones efectuadas por formas asociativas respecto de los ingresos de sus asociados, y (ii) las retenciones realizadas por empresas agrarias a pequeños productores que venden de manera directa.
Adicionalmente, la norma establece códigos de tributo específicos para identificar correctamente las obligaciones derivadas de este régimen: uno para pequeños productores agrarios, otro para empresas agrarias y uno aplicable a las retenciones de renta de tercera categoría. Esta medida facilita la correcta declaración y control por parte de la administración tributaria.
Finalmente, se precisa que los formularios virtuales estarán disponibles en SUNAT Virtual a partir del 13 de abril de 2026, asegurando la operatividad del sistema para el cumplimiento de las nuevas obligaciones tributarias. En conjunto, la resolución constituye una norma de adecuación instrumental que permite la efectiva aplicación del régimen agrario en materia de declaración, pago y retenciones del Impuesto a la Renta.
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Fuente: Staff de Contadores 360°
Fecha: 09/04/26

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