Las empresas deben mantener debidamente legalizados y actualizados sus libros societarios, ya que la SUNAT puede requerir su exhibición durante un procedimiento de fiscalización para verificar operaciones con incidencia tributaria. 

Entre los principales libros obligatorios se encuentran el Libro de Actas de la Junta General, el Libro de Matrícula de Acciones y, cuando corresponda, el Libro de Actas del Directorio, cuya omisión o desactualización puede generar contingencias tributarias y sanciones. 

Libros societarios obligatorios 

De conformidad con la Ley General de Sociedades, las actas deben registrarse en libros o en hojas previamente legalizadas conforme a la normativa vigente. 

Las empresas que no cuentan con directorio deben mantener, como mínimo, los siguientes libros societarios: 

  • Libro de Actas de Junta General, en el que se registran los acuerdos adoptados por los socios o accionistas, como la aprobación de estados financieros, nombramiento de gerentes, otorgamiento de poderes y demás decisiones societarias.
  • Libro de Matrícula de Acciones, destinado a registrar la titularidad de las acciones y las modificaciones en la composición accionaria de la sociedad.

¿Por qué la Sunat solicita estos libros? 

La Administración Tributaria puede requerir la exhibición de los libros societarios para verificar que determinadas operaciones con efectos tributarios cuenten con el debido sustento legal y corporativo. 

Entre estas operaciones se encuentran: 

  • Aumentos de capital.
  • Distribución de dividendos.
  • Préstamos otorgados por socios o terceros.
  • Modificaciones en la composición accionaria.
  • Otras decisiones societarias con incidencia tributaria.

Estos documentos permiten acreditar que las operaciones fueron aprobadas conforme a la Ley General de Sociedades y constituyen un medio de sustento durante los procedimientos de fiscalización. 

Riesgos de mantener libros desactualizados 

La falta de actualización de los libros societarios puede impedir que la empresa demuestre la oportunidad, forma y fundamento de las decisiones adoptadas con efectos tributarios. 

En consecuencia, operaciones como aumentos de capital, distribución de dividendos, préstamos entre socios o compensaciones de créditos podrían ser observadas o cuestionadas por la Sunat durante una fiscalización. 

Asimismo, la ausencia de estos documentos puede generar dificultades en auditorías, trámites bancarios, procesos de contratación y otras actuaciones corporativas. 

Multas por no exhibir los libros societarios 

Si la Sunat solicita la exhibición de los libros societarios y la empresa no los presenta dentro del plazo otorgado, puede configurarse la infracción prevista en el numeral 1 del artículo 177 del Código Tributario, referida a la no exhibición de libros, registros u otros documentos requeridos por la Administración Tributaria. 

Para los contribuyentes del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario, la sanción equivale al 0.6 % de los ingresos netos del ejercicio anterior, con un mínimo de 10 % de la UIT y un máximo de 25 UIT. 

Considerando que la UIT para el ejercicio 2026 asciende a S/ 5,500, la multa puede oscilar entre S/ 550 y S/ 137,500, sin perjuicio de la aplicación del Régimen de Gradualidad cuando corresponda. 

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Fuente: Staff de Contadores 360 

Fecha: 15/07/2026