La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) aprobó la Versión 2 de la Directiva N.° 002-2020-SUNAFIL/DINI, que regula las actuaciones inspectivas ante accidentes de trabajo e incidentes peligrosos, mediante la Resolución de Superintendencia N.° 0052-2026-SUNAFIL.
¿Qué implica esta actualización?
La nueva versión sustituye el texto aprobado en 2020 y redefine los lineamientos que deben seguir los inspectores durante la investigación de accidentes de trabajo e incidentes peligrosos. El objetivo principal es optimizar los procedimientos, adecuándolos a los cambios normativos recientes y a la actual estructura organizativa de la entidad.
Con ello, se busca fortalecer la capacidad de respuesta ante eventos que comprometan la seguridad y salud de los trabajadores, garantizando intervenciones más claras, uniformes y eficientes.
Transparencia y difusión
La norma dispone su publicación en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del Estado (www.gob.pe/sunafil), asegurando su acceso público y aplicación a nivel nacional.
Cabe recordar que la Sunadil, creada por la Ley N.° 29981, tiene como función supervisar el cumplimiento de la normativa sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo, además de brindar asistencia técnica y proponer mejoras regulatorias.
Participación y respaldo técnico
La actualización fue elaborada por la Dirección de Inteligencia Inspectiva (DINI), incorporando los aportes recibidos durante el proceso de consulta pública. Asimismo, contó con la opinión favorable de las áreas técnicas y legales correspondientes, lo que respalda su viabilidad jurídica y operativa.
¿Por qué es relevante para las empresas?
Esta modificación obliga a las organizaciones a:
- Revisar sus protocolos internos de atención de accidentes.
- Verificar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de SST.
- Fortalecer la documentación y trazabilidad de incidentes.
Una adecuada gestión preventiva no solo reduce riesgos laborales, sino que también minimiza contingencias administrativas frente a eventuales fiscalizaciones.
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Fuente: Staff de Contadores 360°
Fecha: 05/03/26

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