1. Datos de la norma
- Resolución de Superintendencia N.° 000089-2026/SUNAT
- Publicación: Miércoles 20 de mayo de 2026
- Vigencia: 21 de mayo de 2026
2. Síntesis
La Sunat dispone la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica las normas vinculadas al Registro Único de Contribuyentes (RUC), la validación de datos de contacto, el acceso a Sunat Operaciones en Línea y el cambio virtual del tipo de contribuyente.
La propuesta busca uniformizar la obligación de registrar y validar el correo electrónico y número de teléfono móvil de todos los sujetos inscritos en el RUC, fortalecer las medidas de seguridad para el acceso a Sunat Operaciones en Línea y facilitar trámites virtuales relacionados con el cambio de condición de persona natural con negocio y sin negocio.
3. Revisión de su contenido
La resolución no aprueba modificaciones definitivas, sino que dispone la publicación de un proyecto normativo y su exposición de motivos, con el objetivo de recibir comentarios y sugerencias del público respecto a cambios vinculados al RUC, los comprobantes de pago y el uso de SUNAT Operaciones en Línea.
El proyecto propone modificar la Resolución de Superintendencia N.° 210-2004/SUNAT para establecer que todos los sujetos obligados a inscribirse en el RUC deban proporcionar obligatoriamente tanto su dirección de correo electrónico como su número de teléfono móvil, además de validar dicha información. La finalidad es mejorar la calidad de los datos registrados y optimizar la comunicación entre la administración tributaria y los contribuyentes.
Asimismo, se plantea aprobar nuevos formularios virtuales que permitan realizar de manera más sencilla la actualización o modificación de datos del RUC, incluyendo el cambio del tipo de contribuyente de persona natural sin negocio a con negocio y viceversa. Estos procedimientos estarán vinculados con el inicio de actividades empresariales o el ejercicio de actividades como trabajador independiente, pudiendo incluir además la baja de comprobantes de pago no utilizados.
De igual manera, el proyecto adecúa el Reglamento de Comprobantes de Pago para exigir que los contribuyentes mantengan validados tanto el correo electrónico como el número de celular registrados en el RUC como requisito para determinados trámites vinculados con comprobantes de pago.
Por otro lado, se propone modificar la Resolución de Superintendencia N.° 109-2000/SUNAT para establecer que, en la generación del código de usuario y/o la clave SOL mediante Sunat Virtual o aplicativos autorizados, deba verificarse previamente la validación del correo electrónico y teléfono móvil registrados en el RUC. Asimismo, se faculta a la Sunat a implementar mecanismos de seguridad adicionales que garanticen la identidad del usuario que accede a Sunat Operaciones en Línea.
Finalmente, se establece que el proyecto normativo y su exposición de motivos serán publicados en la sede digital de la Sunat por un plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la resolución, con la finalidad de recibir opiniones, comentarios y sugerencias del público. Estos podrán presentarse de manera presencial, virtual o mediante correo electrónico, siendo la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos la encargada de su recepción, sistematización y análisis.
Si deseas asesoría especializada sobre este tema, puedes contactarnos al (01) 741-1119, Anexo 100 o escribiéndonos a consultas@contadores360.pe
Si la información te resultó útil o interesante, no olvides compartirla y seguirnos en nuestras redes sociales para más contenido actualizado.
Fuente: Staff de Contadores 360°
Fecha: 20/05/26

Leave a Reply