En lo que resta del 2026, los trabajadores de los sectores público y privado aún cuentan con cinco feriados nacionales, correspondientes a los meses de noviembre y diciembre. Estas fechas otorgan derecho al descanso remunerado y, en caso de que el trabajador preste servicios sin recibir un descanso sustitutorio, corresponde el pago de una sobretasa del 100 %.
Asimismo, cuando un trabajador presta servicios durante un feriado sin recibir descanso sustitutorio, corresponde el pago de una sobretasa del 100 % por la labor realizada, conforme a las disposiciones laborales vigentes.
1. ¿Cuáles son los feriados nacionales del 2026?
El calendario de feriados nacionales para el 2026 comprende las siguientes fechas:
Noviembre
Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
Diciembre
Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
Miércoles 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
Viernes 25 de diciembre: Navidad.
2. ¿Cómo se paga el trabajo realizado durante un feriado?
La remuneración correspondiente a un feriado depende de si el trabajador presta servicios durante esa fecha:
Si no trabaja: tiene derecho a percibir la remuneración ordinaria correspondiente al feriado, sin necesidad de prestar servicios.
Si trabaja y recibe un descanso sustitutorio: no corresponde el pago adicional por trabajo en feriado.
Si trabaja y no recibe descanso sustitutorio: tiene derecho a percibir la remuneración correspondiente al feriado, el pago por la labor efectuada y una sobretasa del 100 % de esta última remuneración.
En este último supuesto, el trabajador recibe el equivalente a tres remuneraciones diarias por el día feriado: una por el descanso remunerado, otra por el trabajo realizado y una adicional por la sobretasa legal.
3. Importancia del calendario para empleadores y trabajadores
La identificación anticipada de los feriados permite a las empresas organizar sus jornadas, prever la continuidad de sus operaciones y determinar los pagos que correspondan cuando se requiera trabajo durante estas fechas.
Por su parte, los trabajadores pueden conocer sus derechos respecto del descanso remunerado y las condiciones económicas aplicables cuando presten servicios durante un feriado nacional.
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Fuente: Staff de Contadores 360°.
Fecha: 04/11/2026

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