La Comisión de Trabajo y Seguridad Social, presidida por el congresista Alex Paredes Gonzáles, aprobó por unanimidad el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 14347/2025-CR, el cual propone incorporar como causal de nulidad de despido la desvinculación laboral de trabajadores que asumen responsabilidades de cuidado de hijos con discapacidad severa o incapacidad permanente total.

La iniciativa, aprobada con 12 votos a favor, plantea modificar el artículo 65 del Decreto Legislativo 728, estableciendo que este supuesto será aplicable siempre que la condición del hijo o hija haya sido previamente comunicada al empleador.

Nueva causal de despido nulo


De aprobarse esta propuesta en el Pleno, se reconocerá expresamente como despido nulo aquel motivado por la condición de cuidado de hijos con discapacidad severa, reforzando la protección laboral de estos trabajadores frente a decisiones arbitrarias del empleador.

Fundamento: discriminación por asociación


El dictamen señala que este supuesto se sustenta en la figura de la “discriminación por asociación”, reconocida en legislaciones comparadas como las de Argentina y Ecuador, así como en la jurisprudencia internacional. Esta figura protege a las personas frente a actos discriminatorios derivados de la condición de terceros con quienes mantienen una relación cercana, como familiares dependientes.

Vacío en la normativa actual


Si bien el artículo 2, inciso 2, de la Constitución Política del Perú prohíbe toda forma de discriminación, el dictamen advierte que, en la práctica judicial, la nulidad de despido se ha aplicado principalmente cuando la afectación recae directamente sobre el trabajador, dejando desprotegidos los casos vinculados a cargas familiares.

Protección especial a madres trabajadoras


La comisión enfatiza que esta medida busca extender la protección, especialmente a las madres trabajadoras que asumen el cuidado exclusivo o principal de hijos con discapacidad severa o incapacidad permanente. Esta postura se respalda en los artículos 4 y 23 de la Constitución, que reconocen la obligación del Estado de brindar protección especial a la madre.

De este modo, el dictamen constituye un avance relevante en materia de derechos laborales y protección contra el despido discriminatorio, alineando la normativa peruana con estándares internacionales.

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Fuente: Staff de Contadores 360°
Fecha: 30/04/2026