Compartimos con ustedes un Tip Tributario sobre las medidas cautelares que puede adoptar la Administración Tributaria incluso antes de iniciar un procedimiento de cobranza coactiva, conforme a las condiciones previstas en la normativa tributaria vigente.

En el presente, se abordan las principales consideraciones vinculadas con la adopción de estas medidas, las cuales buscan asegurar el pago de la deuda tributaria cuando exista un riesgo que pueda dificultar su cobranza.

Base legal: Artículo 56 del Código Tributario.

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Fuente: Staff de Contadores 360°.
Fecha: 10/09/2026.