I. Datos de la norma

  • Resolución SBS N.° 00493-2026
  • Publicación: Viernes, 20 de febrero de 2026
  • Vigencia: Sábado 21 de febrero de 2026

II. Síntesis

La Resolución SBS N.° 00493-2026 modifica el Anexo N.° 06 “Reporte Crediticio de Deudores (RCD)” del Capítulo V “Información Complementaria” del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS N.° 895-98, específicamente en lo referido a las instrucciones del campo B-11 “Factor de Conversión Crediticia”.

Asimismo, la norma reprograma la entrada en vigencia de diversas disposiciones contenidas en las Resoluciones SBS N.° 04345-2023, N.° 04347-2024 y N.° 02663-2025, vinculadas a la incorporación y adecuación de las definiciones de compromisos en la normativa prudencial y contable, con el fin de permitir a las empresas supervisadas realizar adecuadamente las adaptaciones tecnológicas y de gestión necesarias.

III. Revisión de su contenido

La Resolución SBS N.° 00493-2026 se dicta en el marco de las facultades conferidas a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones por la Ley N.° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS. La medida se relaciona con el proceso de adecuación normativa derivado de la incorporación de nuevas definiciones de compromisos en la regulación emitida por la Superintendencia, así como con la eliminación del concepto de créditos concedidos no desembolsados, dispuesta en normas anteriores.

En ese contexto, la resolución sustituye las instrucciones del campo B-11 “Factor de Conversión Crediticia” del Anexo N.° 06 “Reporte Crediticio de Deudores (RCD)” del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero.

Adicionalmente, la norma modifica los plazos de entrada en vigencia de diversas disposiciones contenidas en las Resoluciones SBS N.° 04345-2023 y N.° 04347-2024, estableciendo que la mayoría de sus artículos entrarán en vigencia el 1 de enero de 2027, mientras que otros surtirán efectos a partir de la información correspondiente a enero de 2027. Asimismo, deja sin efecto el artículo Cuarto de la Resolución SBS N.° 04347-2024 y posterga hasta la información del mes de enero de 2027 la entrada en vigencia del artículo Séptimo de la Resolución SBS N.° 02663-2025.

La finalidad de estas modificaciones es otorgar un mayor plazo a las empresas supervisadas para efectuar las adecuaciones tecnológicas, operativas y de gestión necesarias para la correcta implementación de las nuevas definiciones de compromisos y de los ajustes contables asociados, asegurando una aplicación ordenada y consistente del marco normativo prudencial y contable del sistema financiero.

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Fuente: Staff de Contadores 360


Fecha: 20  de febrero de 2026