I. Datos de la norma
- Decreto Supremo N.° 148-2026-EF
- Publicación: Sábado 25 de julio de 2026.
- Vigencia: 26 de julio de 2026
II. Síntesis
Se aprueba el Decreto Supremo N.° 148-2026-EF, mediante el cual se modifica la lista general de bienes y servicios cuya adquisición otorga el derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal (IPM) a los titulares de actividad minera durante la fase de exploración.
La norma incorpora los servicios de perforación sónica al listado de servicios comprendidos en este beneficio tributario, con el objetivo de adecuar el régimen a las nuevas tecnologías empleadas en las actividades de exploración minera.
III. Revisión de su contenido
El Decreto Supremo N.° 148-2026-EF modifica el Anexo del Decreto Supremo N.° 150-2002-EF para ampliar la lista de servicios que generan el derecho a la devolución definitiva del IGV e IPM a favor de los titulares de actividad minera durante la fase de exploración.
Entre las principales disposiciones destacan las siguientes:
- Ampliación del listado de servicios: Se incorpora el servicio de perforación sónica dentro de los servicios de operaciones de exploración minera que califican para la devolución definitiva del IGV e IPM.
- Actualización del régimen de devolución: La modificación adecúa la lista de servicios a las nuevas tecnologías utilizadas en la exploración minera, permitiendo que estos servicios accedan al beneficio tributario previsto en la Ley N.° 27623.
- Beneficio para titulares de actividad minera: La incorporación permitirá que los titulares de concesiones mineras recuperen el IGV e IPM trasladados en la contratación de servicios de perforación sónica durante la etapa de exploración.
- Adecuación normativa: La modificación actualiza el Anexo del Decreto Supremo N.° 150-2002-EF, manteniendo vigente el régimen de devolución definitiva aplicable a las actividades de exploración minera.
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Fuente: Staff de Contadores 360°.
Fecha: 27/07/2026

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