1. Datos Generales

  • Proyecto de Ley: Nº 14347/2025-CR
  • Fecha de presentación: 01 de abril de 2026
  • Materia: Derecho laboral – Protección contra el despido
  • Objeto: Modificar el artículo 29 del TUO del Decreto Legislativo N.º 728 para incorporar una causal de despido nulo  
  • Estado del trámite: En comisión en el Congreso de la República

Objeto de la propuesta

La iniciativa legislativa tiene como objetivo modificar el artículo 29 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.º 728, a fin de incorporar como causal de despido nulo toda forma de discriminación contra trabajadores y trabajadoras que tienen a su cargo el cuidado de hijos con discapacidad severa o incapacidad permanente total para el trabajo.

La propuesta busca garantizar la protección efectiva frente a decisiones de despido que, directa o indirectamente, se sustenten en estas responsabilidades familiares, reforzando el principio de igualdad y no discriminación en el ámbito laboral.

2. Detalles relevantes

Incorporación de nueva causal de despido nulo
Se propone añadir el literal f) al artículo 29 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, estableciendo que será nulo el despido basado en la condición del trabajador como responsable del cuidado de hijos que requieren asistencia permanente debido a discapacidad severa o incapacidad total para el trabajo.

Presunción de despido discriminatorio
La norma establece que se presume que el despido tiene carácter discriminatorio cuando se vincula con dichas responsabilidades familiares, salvo que el empleador demuestre la existencia de una causa justa conforme a ley.

Finalidad de la norma
Se busca fortalecer la protección del derecho al trabajo, garantizar la estabilidad laboral y promover condiciones laborales más justas e inclusivas. Asimismo, se pretende facilitar la conciliación entre la vida laboral y las responsabilidades familiares de cuidado especializado.

3. Estado del Trámite Legislativo

El Proyecto de Ley N.º 14347/2025-CR se encuentra actualmente en evaluación en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso de la República, como etapa previa a su eventual debate y votación en el Pleno.

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Fuente: Staff de Contadores 360
Fecha: 08/04/26